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Entra en vigor el nuevo Código Estructural: ¿cómo afecta a los elementos prefabricados de hormigón?

Por Alejandro López Vidal, director técnico de Andece (Asociación Nacional de la Industria del Prefabricado de Hormigón)
Andece CE
El Código Estructural aúna en un único documento la base reglamentaria para las estructuras de hormigón, de acero y las mixtas de hormigón y acero.
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El Código Estructural publicado en el BOE mediante el Real Decreto 470/2021 de 29 de junio y en vigor desde este miércoles, 10 de noviembre de 2021, sustituye entre otras a la Instrucción EHE-08 que se ha aplicado durante más de una década, y supone una nueva etapa en el diseño y la construcción de las estructuras para edificios y obras de ingeniería civil, entre las que las soluciones mediante elementos prefabricados de hormigón han continuado su proyección en la medida que ha ido ampliándose el conocimiento, han mejorado las materias primas utilizadas o los procesos de fabricación, o incluso el software que tenemos a nuestra disposición para optimizar su diseño (véase la metodología BIM).


Si bien la entrada en vigor del Código Estructural es el 10 de noviembre de 2021, se establece un periodo de coexistencia, por el cual se permite seguir empleando la EHE-08 durante un año para las estructuras de hormigón para edificios y de tres años para las estructuras de hormigón para obras de ingeniería civil.

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La EHE-08 fue la primera instrucción en que los elementos prefabricados de hormigón contaron con un tratamiento particular en distintos apartados del texto, como eran la ejecución, el control de la resistencia del hormigón o el control de los productos en obra, y con el Código Estructural se profundiza en estos y otros nuevos aspectos, teniendo en cuenta la evolución experimentada en la técnica y el conocimiento en este último periodo.

Las estructuras constituyen un elemento fundamental para conseguir la necesaria seguridad de las construcciones que en ellas se sustentan, tanto de edificación como de ingeniería civil



Entre los diferentes materiales que se emplean en la construcción de estructuras, el hormigón y el acero son los más habituales. Y aquí recae la primera y principal novedad, que es que el Código Estructural aúna en un único documento la base reglamentaria para las estructuras de hormigón, de acero y las mixtas de hormigón y acero, habiendo estado las dos primeras particularizadas hasta ahora con sus propias instrucciones específicas (EHE-08 y EAE-11, respectivamente) y sin un respaldo reglamentario las estructuras mixtas a nivel nacional.


El Código Estructural se desglosa según la tabla siguiente:

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No obstante, a efectos prácticos, el Código Estructural puede aplicarse como si fuera una instrucción de hormigón estructural siguiendo los requisitos establecidos en la parte general, en la parte específica y en aquellos anejos complementarios que correspondan (partes sombreadas de la tabla anterior).


En lo que respecta a los elementos prefabricados de hormigón, hay que ceñirse a lo indicado en la parte general del documento y las partes correspondientes que apliquen en la parte de hormigón, que son en algunos casos comunes (se trate de una estructura in situ o industrializada) o en muchos casos directamente específicas de prefabricados, además de otros aspectos que quedan descritos en los anejos.


Como ya viene sucediendo con otras reglamentaciones (véase especialmente el Código Técnico de la Edificación), se reafirma el carácter reglamentario basado en el cumplimiento de determinadas prestaciones, sin fijar necesariamente la forma para lograrlo. Por tanto, el Código Estructural no es en general restrictivo, siempre que los elementos estructurales cumplan con las exigencias que éste establece.


El Código Estructural no es en general restrictivo, siempre que los elementos estructurales cumplan con las exigencias que éste establece 


Todo el ciclo de vida de la estructura

De forma general se aplicará a todas las estructuras de nueva construcción, aunque también puede aplicarse a las estructuras existentes para su intervención o deconstrucción, siendo este artículo una importante novedad pues amplía el alcance del Código Estructural a todo el ciclo de vida de la estructura, incluyendo la posibilidad de hacer una gestión más óptima de la misma y deconstruirla en lugar de demolerla, asegurando una mayor tasa de aprovechamiento de los materiales, en línea con algunos de los principios establecidos en la economía circular y algo que debería jugar a favor de las estructuras más industrializadas.


Dejando a un lado a las estructuras de acero y mixtas, que vienen indicadas en sus respectivos apartados, el Código Estructural se aplica en general a todas las estructuras de hormigón, aunque con las exclusiones que ya se indicaban en la EHE-08 (tuberías para el transporte de fluidos, presas, etc.) y se excluyen además los depósitos y las plataformas off-shore, construcciones que pueden llegar a incorporar elementos prefabricados con funciones estructurales.


Puede ocurrir en algún caso muy específico que un elemento no quede clara la aplicabilidad del Código Estructural. En este sentido, cabe recurrir a la definición de la norma UNE-EN 13369, que define como producto prefabricado estructural aquel que afecte a la resistencia mecánica y/o a la estabilidad de la construcción a la que se incorpore dicho elemento (o si así se definiese en alguna de las normas armonizadas de producto).


Control de productos prefabricados de hormigón

El Código Estructural se apoya en el Reglamento UE nº 305/2011 (Reglamento europeo de productos de construcción), que sustituyó en 2013 a la Directiva 89/106/CEE (DPC), referencia actualmente para el marcado CE, de aplicación obligatoria para la mayor parte de elementos prefabricados utilizados con fines estructurales.  

 

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La Instrucción EHE-08 representó la primera referencia reglamentaria a nivel español que otorgaba ciertas condiciones especiales a los productos con marcado CE, como eran limitar su recepción a un puro control documental, sin necesidad de realizar ensayos adicionales, aunque por entonces la entrada en vigor se estaba produciendo de forma progresiva, quedando exentos momentáneamente productos prefabricados de hormigón para los que se presuponía que entraría posteriormente, como así fue, caso de las viguetas y bovedillas para forjados, que por entonces aún requerían de la autorización de uso que expedía el antiguo Ministerio de Vivienda, y cuya derogación definitiva se produjo en 2011.


El Código Estructural refuerza las consideraciones especiales que deben aplicarse para productos que están controlados en fábrica


En el momento actual, con el marcado CE plenamente asentado y aplicado eficazmente por la industria de fabricantes de elementos prefabricados de hormigón, y previendo que a corto o medio plazo no se incorporen más productos prefabricados al marcado CE obligatorio (véanse nichos para cementerios, losas macizas para balcones, bovedillas con nervio hecho in situ o dovelas para túneles), el Código Estructural refuerza las consideraciones especiales que deben aplicarse para productos que están controlados en fábrica, con el añadido de que existe un organismo certificador externo que lo valida.


Asimismo, se avanza en la posibilidad de que el fabricante pueda obtener de forma voluntaria un Distintivo de Calidad Oficialmente Reconocido (ahora DCOR, antes DOR) que implique el cumplimiento de una serie de requisitos adicionales a los que establecen las normas armonizadas, tema sobre el que profundizaremos en el apartado correspondiente. Aquí se mantienen las ventajas que otorgaba ya la EHE-08, entre las que destacan la máxima reducción posible de los coeficientes de seguridad de los materiales, hasta 1,35 en hormigón y hasta 1,10 en acero, para aquellos elementos prefabricados de hormigón que estén certificados con un DCOR siempre que se cumplan además otra serie de consideraciones.


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Cálculo conforme a los Eurocódigos Estructurales


Otra novedad destacada es que por fin la reglamentación española en materia de estructuras incluye, en la parte del cálculo, lo dispuesto en el programa de normalización de los Eurocódigos, algo que ya quedaba reflejado en los códigos de estructuras de la mayoría de los países europeos. 


En particular, en lo que se refiere a las estructuras de hormigón, en el Eurocódigo 2 (EC2) y su Anejo Nacional (AN2), que se podrán utilizar alternativa y voluntariamente a los métodos de los estados límites últimos y de servicio, o incluso también se admite la posibilidad de que el proyectista utilice bajo su propia responsabilidad otros procedimientos de cálculo distintos, siempre y cuando se consiga justificar que se alcanzan las prestaciones mínimas del Código Estructural. 


Hay que llamar también la atención que desaparece el capítulo específico de cálculo de forjados unidireccionales con viguetas y losas alveolares prefabricadas, que originalmente tuvo una instrucción propia (la antigua EFHE) y en la EHE-08 contaba con un anejo específico, quedando diluidas dichas exigencias en el resto del texto del anejo y en las correspondientes normas de producto. 


También se añade la exigencia de robustez y redundancia, algo que puede influir en la forma de diseñar las estructuras para definir un esquema que asegure que la eliminación accidental de un elemento o de una parte limitada de la estructura origina daños proporcionados y limitados, de forma que el resto de la estructura no afectada sea capaz de asegurar la estabilidad mínima de la misma.


Adicionalmente, debe destacarse la reciente publicación de la norma UNE 127050:2021 sobre sistemas constructivos industrializados a partir de elementos prefabricados de hormigón, que supone un hito y un espaldarazo al fomento de una mayor industrialización de los procesos constructivos, como es el caso de las estructuras y que aunque no venga aún referenciada por ser su tramitación posterior, puede resultar muy útil en aspectos como el control de los acabados superficiales de la estructura o el autocontrol del instalador de los elementos prefabricados de hormigón. 


Sostenibilidad y durabilidad

Otro tema relevante del del Código Estructural, aunque tienen un carácter más general, es la mayor durabilidad que normalmente se consigue con la prefabricación de elementos, cuya determinación se desglosa en los artículos 43 y 44 (modelo más prescriptivo) y el Anejo 12 (modelo para justificar una mayor vida útil de la estructura en ambientes expuestos a corrosión). En este sentido, hay que apuntar el incremento en algunas clases de ambientes de los recubrimientos, aspecto que se materializará en la colocación de los armados.


Y la evolución que se ha continuado experimentando en cuanto a la aplicación de requisitos ligados a la sostenibilidad en los últimos años, que queda de manifiesto a lo largo del Código Estructural. Entre otros, como consecuencia de la entrada en vigor del RPC, además de los requisitos de seguridad y de habitabilidad, la sostenibilidad va más allá como enfoque que cubre a una amplísima variedad de aspectos ligados a cómo se diseñan, construyen, mantienen o se gestionan al final de la vida útil los activos construidos, como pueden ser el incentivar el empleo de materiales reciclados, la reciclabilidad / reutilización de los elementos estructurales, o medidas para aumentar la durabilidad. 


Si bien la EHE-08 introdujo por primera vez una metodología para cuantificar la contribución de las estructuras a la sostenibilidad (Anejo 13), con el Código Estructural se profundiza notablemente y se define una nueva metodología para calcular un índice de contribución de la estructura a la sostenibilidad (ICES). Entre otros agentes que intervienen en la estructura a lo largo de su diseño, fabricación y ejecución, los fabricantes de elementos prefabricados de hormigón pueden contribuir a dotar a la estructura de un determinado grado de sostenibilidad, basado en cómo se cumplen un conjunto de requisitos relacionados con las dimensiones de ésta (ambientales, sociales, económicos y prestacionales).


Ejecución

Es durante la ejecución cuando seguramente más de manifiesto se ponen las diferencias entre las metodologías de construcción de las estructuras de hormigón, industrializada vs convencional / in situ, al producirse en condiciones sustancialmente distintas, en términos de presencia de personal necesario en la obra, maquinaria, materiales y cuyas consecuencias más evidentes son una mayor rapidez y una reducción de los riesgos en obra a favor de la primera.


Si bien la EHE-08 introdujo por vez primera un artículo específico sobre el montaje de estructuras prefabricadas de hormigón, con el Código Estructural se profundiza aún más y se observan las diferencias entre ambos planteamientos, tanto en lo que se refiere a la propia ejecución como a los controles que deben realizarse para asegurar la conformidad de la estructura. Aquí caben destacar los artículos específicos de ejecución de estructuras prefabricadas de hormigón (Art, 54), el de control de los elementos prefabricados en la obra (Art. 62) y el de control del montaje y uniones de elementos prefabricados (Art. 70).


Capacitación

Dada la extensión del Código Estructural y la enorme trascendencia que tiene para cualquier fabricante de elementos prefabricados de hormigón para estructuras de edificios y de obras de ingeniería civil, la Asociación Nacional de la Industria del Prefabricado de Hormigón (Andece) ha desarrollado un primer curso introductorio con la colaboración de investigadores de enorme prestigio del Instituto Eduardo Torroja–CSIC y bajo la organización de la entidad de formación especializada Indespre.

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