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Aprobado el Proyecto de Ley del cambio climático en Cataluña

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El gobierno de la Generalitat de Cataluña ha aprobado el Proyecto de Ley del cambio climático de Cataluña, que ya dejó terminado el anterior gobierno y que ha redactado el Departamento de Territorio y Sostenibilidad. El documento adopta las bases derivadas de la legislación comunitariay configura los elementos esenciales para la regulación de este instrumento en Cataluña.


El planteamiento sigue los mismos principios que han orientado la política en materia de clima hasta ahora: se ha optado por un modelo que se basa en la incentivación y la complicidad. Por este motivo, el conjunto de medidas e instrumentos quieren establecer un marco que facilite las actividades para hacer la transición hacia una economía de baja intensidad en carbono, de manera que aquellas actividades que orienten su actividad de manera coherente con los objetivos de la ley puedan resultar beneficiadas.


La finalidad es consolidar el trabajo hecho contra el cambio climático en los últimos veinte años, especialmente desde el año 2005, y contribuir en el papel decisivo que Europa quiere jugar para asumir con garantías este reto para construir una sociedad menos vulnerable y más avanzada.


Puntos clave de la nueva norma


El Proyecto de Ley regula los objetivos relativos a las políticas de mitigación y de adaptación al cambio climático y prevé la integración en todas las políticas sectoriales de las administraciones públicas. La Administración tendrá que ser ejemplificadora y aplicar criterios de simplificación y racionalización para eliminar progresivamente ciertas barreras administrativas que dificultan el desarrollo de actuaciones de mitigación y adaptación.


Con respecto a la mitigación, establece unos hitos de reducción de emisiones que favorecerán la transición de Cataluña hacia un modelo de desarrollo sostenible, comprometiéndose a alcanzar, como mínimo, la parte de reducción de emisiones de gases con efecto invernadero (GEI) que le corresponde de los objetivos europeos. En concreto, una reducción de un 25% para el año 2020 respecto al año 2005. En el año 2050, esta reducción tendrá que ser del 80% o más.


En los objetivos de adaptación al cambio climático se recogen los requisitos que tienen que contener los instrumentos de planificación y programación sectoriales para alcanzar una buena coordinación, adaptada en el nuevo marco regulador. Se refuerza el papel del Servicio Meteorológico de Cataluña para que disponga del mejor conocimiento en materia de proyecciones climáticas y regionalización.


Fiscalidad ambiental


El texto introduce el tema de la fiscalidad ambiental o ecológica para fomentar maneras de producir y consumir más limpias, con menos impactos ambientales y menos malbaratadores de unos recursos naturales que son escasos. La ley incorpora una nueva figura impositiva que es el impuesto sobre las emisiones de CO2 en turismos y furgonetas. Ésta aspira a incentivar cambios en el comportamiento ambiental y que se apueste por modelos más sostenibles. Este tributo se aplicará de forma gradual a partir del año 2018 para los vehículos más contaminantes (más de 160 gCO2/km). Para un turismo medio, que emita entre 120 y 130 gCO2/km, se pagará menos de 5,5 €. Eso no se producirá hasta el año 2020.


Para el cumplimiento de los objetivos de la ley, se crea el Fondo Climático, que tendrá que nutrirse, entre otros, con lo que se recaude a través del impuesto y con los recursos procedentes de la territorialización del Fondo de Carbono para una economía sostenible (FES-CO2), creado por el Gobierno en 2011.


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