La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid ha publicado, a través de la Resolución de 11 de marzo (ver detalles en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a actuaciones de rehabilitación de edificios existentes en la Comunidad de Madrid en el marco del programa PREE 5000, gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (Idae).
El importe máximo de las ayudas asciende a los 1.014.610 euros y se realizará con cargo al presupuesto destinado a la Comunidad de Madrid para la ejecución del Programa PREE 5000, enmarcado en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Gobierno y en la Estrategia nacional de reto demográfico, con el fin de apoyar a la rehabilitación energética en edificios residenciales y no residenciales mediante mejoras de la eficiencia energética y la incorporación de energías renovables.
Las ayudas se dirigen a edificios existentes construidos antes de 2007 en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes. El presupuesto máximo destinado a la Opción B, detallada más adelante, no podrá superar el 50% de la dotación presupuestaria asignada a la Comunidad de Madrid.
Como resultado de las actuaciones para las que se solicita la subvención se deberá conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% respecto a la situación de partida, lo que se justificará mediante el certificado de eficiencia energética del edificio, vivienda o local existente en su estado actual y el certificado de eficiencia energética del mismo alcanzado tras la reforma.
Las actuaciones subvencionables se dividen en dos líneas de actuación:
•Actuaciones realizadas en edificios completos existentes de uno o varios de los siguientes usos:
- Edificios de vivienda unifamiliar.
- Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.
- Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
• Actuaciones realizadas en una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio.
Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas en el anexo IV del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto:
a) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b) Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
c) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Además, las actuaciones deberán iniciarse con posterioridad a la solicitud de la ayuda. El plazo de solicitud de las ayudas está abierto desde las 12:00 h del día 28 de marzo de 2022 hasta la finalización de vigencia del plan, el 31 de diciembre de 2023. La presentación de la solicitud se deberá cumplimentar y tramitar de forma telemática desde la aplicación informática habilitada para ello por la Fundación de la Energía.
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