La Asociación Española de Fabricantes de Fachadas Ligeras y Ventanas (Asefave) aplaude la orden publicada por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del gobierno del País Vasco sobre control térmico y calidad del aire del edificio en proyectos de edificación.
La orden, que se publicó el 3 de abril y que entrará en vigor el 3 de julio de 2023, aprueba un protocolo de verificación del cumplimiento de las previsiones del proyecto, así como del Código Técnico de Edificación (CTE), desde la perspectiva de las características térmicas en proyectos de edificación, ya sean de obra nueva o actuaciones rehabilitación. Contempla la verificación en obra de los materiales aislantes térmicos, las ventanas, la estanqueidad al aire de la envolvente térmica y de la ventilación.
“Desde el sector celebramos que la legislación avance para promover la vigilancia del mercado y se lleven a cabo las verificaciones pertinentes de los materiales y productos que se empleen tanto en proyectos de obra nueva como de rehabilitación. Se trata de un paso adelante tanto para fabricantes e instaladores como para los propios consumidores, quienes deben exigir la garantía de los productos y el cumplimiento de los resultados térmicos y de calidad del aire del proyecto”, ha explicado Pablo Martín, director de Asefave.
“Esta orden podría servir como modelo y ejemplo a nuevas regulaciones en el resto del territorio para mejorar el control del mercado”, añade. Para la verificación se llevarán a cabo un control documental de las prestaciones mediante la documentación justificativa obligatoria, en particular la declaración de prestaciones y el marcado CE.
Además, si así lo decide la dirección facultativa, se prevén distintos ensayos y muestreos en ventanas y puertas, entre ellos ensayos de permeabilidad al aire y de transmitancia térmica. Los tipos de ensayos, el número de muestreos a realizar, las pautas para seleccionar elementos a efectos de muestreo y los criterios de valoración de los resultados obtenidos quedan regulados por el protocolo incluido en la orden.
El marcado CE es un pasaporte técnico que se aplica a un producto y que indica la conformidad con la norma europea que le corresponda. El marcado significa que el producto puede ser comercializado en toda la UE, pero debe comprobarse que cumple los requisitos del lugar de utilización, por ejemplo, los requisitos del CTE en el caso de España.
Desde Asefave se ha propuesto al ministerio la documentación del marcado CE como procedimiento que simplifique la tramitación de los fondos Next Generation.
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