Cada año que pasa somos más conscientes del
desequilibrio que nuestra forma de vivir y producir ha generado en nuestro planeta. Para hacer frente a estas amenazas, tanto entidades privadas como administraciones públicas están adoptando estrategias y acciones encaminadas a alcanzar un sistema más sostenible en sus aspectos económico, social y medioambiental.
La Unión Europea destaca en su compromiso para transformar su economía y sociedad, con el objetivo de consolidar su papel de líder de la transición ecológica. Esta ambición se ha traducido en diferentes políticas agrupadas bajo el Pacto Verde Europeo y cuyo principal hito será alcanzar una reducción de las emisiones del 55% a 2030. Este objetivo solo podrá cumplirse si se actúa con determinación sobre el sector de la edificación, responsable del 36% de las emisiones de CO2 y el 40% de la energía final a nivel europeo. Esta urgencia se ha traducido en una frenética agenda política para acelerar los cambios regulatorios necesarios tanto a nivel europeo (iniciativa “Fit for 55”) como a nivel nacional.
En este artículo nos centraremos en dos de los instrumentos impulsados por la Unión Europea para fomentar la sostenibilidad en la edificación y analizaremos cuán preparado está el panorama regulatorio español para su aplicación: la Taxonomía Europea y el marco Level(s).
Aunque con objetivos diferentes, ambas iniciativas comparten la ambición de dotar de un lenguaje común a nivel europeo sobre la sostenibilidad de la edificación
Aunque con objetivos diferentes, ambas iniciativas comparten la ambición de dotar de un lenguaje común a nivel europeo sobre la sostenibilidad de la edificación; la Taxonomía pretende dotar al sector financiero de una definición de inversión sostenible, mientras que Level(s) ofrece la metodología técnica para evaluar la sostenibilidad de los edificios.
La Taxonomía Europea es un reglamento que se establece una clasificación válida para toda la UE que ofrece a los inversores un lenguaje común para determinar las actividades económicas (entre ellas la edificación) que pueden ser consideradas sostenibles. Una actividad ambientalmente sostenible debe realizar una aportación significativa al menos a uno de los seis objetivos perseguidos (mitigación al cambio climático, adaptación al cambio climático, agua, economía circular, contaminación y ecosistemas) sin perjudicar de ninguna forma a los otros cinco (principio de «no causar un perjuicio significativo»).
Existen además
dos objetivos mínimos que deben asegurarse: el edificio no puede destinarse a la extracción, almacenamiento, producción o transporte de combustibles fósiles y las empresas implicadas deben respetar unas garantías sociales mínimas de derechos humanos y de los trabajadores.
Por su parte, Level(s) es una metodología para la evaluación de la edificación a tres niveles de profundidad, según la fase del desarrollo del edificio (concepción, diseño y comportamiento) para dieciséis criterios diferentes agrupados en seis macrobjetivos: emisión de gases de efecto invernadero en el ciclo de vida, gestión de recursos en el ciclo de vida, consumo de agua, calidad del ambiente interior, cambio climático y coste y valor.
La normativa española está más preparada para responder a Level(s) que a la Taxonomía europea
A diferencia de la Taxonomía, Level(s) no es un marco reglamentario. Sin embargo, sus indicadores sirven de base para muchas políticas europeas respecto a la edificación, por lo que cada vez se exigirá más el cumplimiento de estos indicadores a nivel europeo y nacional.
En la Figura 1, se recogen algunos de los Objetivos e indicadores de Level(s) y Taxonomía (elaboración propia de GBCe).
En este artículo nos centramos en cómo más de 50 documentos estratégicos, reglamentarios y legislativos de ámbito nacional afectan a los indicadores de Level(s) y Taxonomía. Más allá de casos piloto i se busca una reflexión general sobre el marco regulatorio español.
¿Qué aspectos de la sostenibilidad contempla la normativa?
Figura 2. Desarrollo regulatorio en diversos ámbitos de la edificación sostenible (elaboración propia de GBCe).
En primer lugar se ha analizado
qué ámbitos relacionados con edificación sostenible están suficientemente tratados y a qué nivel. Mientras que algunos cuentan con un marco legal fuerte pero están poco desarrollados normativamente (los residuos o los ecosistemas), otros sí cuentan con desarrollo normativo (energía) o informativo (riesgos) pero adolecen de la falta de visión estratégica o de la solidez del rango de ley.
El único ámbito desarrollado en todos los niveles es el cambio climático. Otros como el aspecto social, el económico, la calidad del ambiente interior, el agua o el medio urbano han sido poco tratados o prácticamente ignorados por la regulación.
Estos ámbitos no son cajones estancos: se afectan mutuamente. Por ejemplo, la energía es el principal vector para cumplir con las diferentes estrategias contra el cambio climático (PNIECii o la ELPiii) a través principalmente de dos medidas: aumentar la eficiencia energética (objetivo principal de la ERESEEiv) y descarbonizar el suministro energético (energías renovables y el autoconsumo), sin que se haya atajado hasta el momento la descarbonización del resto de fases de vida de los edificios. Con la reciente Ley de Cambio Climáticov se ha dotado de un paraguas legislativo a estas estrategias, aportando coherencia a toda la acción climática.
Cabe destacar que incluso entre indicadores del mismo objetivo se hallan grandes diferencias en cuanto a la información de la que se dispone
Por último, los riesgos ambientales, naturales y humanos (climáticos, sismo, radón, ruido…) es un ámbito en el que se han generado mucha información y recursos pero cuyo desarrollo reglamentario y metodológico aún tiene mucho margen de mejora.
Figura 3. Alineación de la regulación en España a cada indicador de Level(s) y Taxonomía (elaboración propia de GBCe).
Cabe destacar que incluso entre indicadores del mismo objetivo se hallan grandes diferencias en cuanto a la información de la que se dispone. Por ejemplo, el objetivo de Calidad del ambiente interior’ de Level(s) recoge cuatro indicadores de los cuales ‘Calidad del aire interior’ está extensamente recogido en la normativa (RITE, CTE-DB HS3 y HS6, entre otros) y ‘Confort térmico’ y ‘Acústica y protección frente al ruido’ cuentan con reglamentación propia (RITE y CTE-DB HR, respectivamente). Sin embargo el ‘Confort lumínico’ apenas cuenta con desarrollo normativo.
La
normativa española está más preparada para responder a Level(s) que a la Taxonomía europea. Cinco de los seis macrobjetivos de Level(s) están nombrados o tratados en la normativa actual, mientras que en el caso de la Taxonomía solo tres de los ocho pueden considerarse suficientemente recogidos por la reglamentación.
El mayor vacío normativo lo encontramos en el agua. Pese a que en España existe tanto legislación (Ley del Aguas) como estrategias (Plan DSEAR y planes hidrológicos de cuenca), ninguna hace referencia a la edificación. Incluso la normativa propia (CTE-DB HS4) es insuficiente para los indicadores de Level(s) y Taxonomía ya que se centra únicamente en el suministro del agua y no en la demanda.
Otros requisitos que necesitan mayor desarrollo son los ecosistemas (tratada desde las políticas ambientales sin relación con la edificación), las garantías sociales mínimas o la economía circular. Respecto a esta última, la futura Ley de Residuos y Suelos Contaminados (en trámite parlamentario) pretende ser el principal documento de referencia, pese a que apenas incluye medidas concretas para la edificación.
Algunas áreas deben ser prioritarias para el desarrollo de políticas, ya que se han identificado grandes lagunas o bien por la importancia de los retos actuales
A la luz de lo expuesto anteriormente, se recomienda que la adaptación a los marcos de la Taxonomía Europea y Level(s) se haga indicador a indicador, sin perder en ningún momento la visión global de ambos marcos: mientras que algunos indicadores apenas necesitarán de modificaciones para implantarse, otros requerirán cambios drásticos en la regulación.
Algunas áreas deben ser prioritarias para el desarrollo de políticas, ya que se han identificado grandes lagunas (agua, biodiversidad) o bien por la importancia de los retos actuales (reducir el carbono más allá de la fase operativa de los edificios). En cualquier caso, para que estas políticas sean efectivas necesitan desarrollo a nivel legislativo, estratégico y normativo.
Finalmente, si tanto la Taxonomía Europea como Level(s) se están imponiendo como los marcos de referencia para el diseño de políticas públicas para la sostenibilidad de la edificación, es necesario y urgente adaptar nuestro contexto legislativo, estratégico y normativo para alinearlo con estos. Estamos, por lo tanto, frente a una oportunidad para acelerar la transición ecológica del entorno construido y hacerlo de forma coherente con los objetivos que nos hemos marcado como europeos.
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i EU Taxonomy Study: Evaluating the market-readiness of the EU taxonomy criteria for buildings (DK-GBC, DGNB, ÖGNI & GBCe, 2020) y Level(s) beta test phase analysis: Identification of horizontal themes and necessary technical updates from user survey feedback (Dodd, N., Donatello, S., Cordella, M. and De Wolf, C., 2021)
ii Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (Miteco, 2020)
iii Estrategia a Largo Plazo para una Economía Española Moderna, Competitiva y Climáticamente Neutra en 2050 (Miteco, 2020)
iv Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética del Sector de la Edificación en España (Mitma, 2020)
v Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética (Miteco, 2021)
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